lecrim1El artículo 255 del Código Penal recoge el delito de defraudación de fluido eléctrico, gas, agua y telecomunicaciones, castigando a su autor con pena de multa de 1 a 3 meses si lo defraudado no excede de 400 euros y multa de 3 a 12 meses si excede de 400 euros.

Por su parte el artículo 256 del Código Penal castiga con pena de multa de 3 a 12 meses a quien use un terminal de telecomunicaciones sin consentimiento de su titular y multa de 1 a 3 meses si el perjuicio no excede de 400 euros.

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