La nueva Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas de eficiencia del servicio público de justicia, ha introducido numerosas modificaciones en materia judicial, siendo uno de los grandes cambios introducidos por la ley la necesidad de acreditar que se ha intentando un proceso de negociación previo al inicio de la vía judicial, de tal manera que, salvo excepciones, será necesario antes de presentar cualquier demanda de divorcio, guardia y custodia y alimentos y modificaciones de medidas (que no sean de mutuo acuerdo) haber intentado una mediación previa, lo cual puede llevarse a cabo de distintas formas.
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