La prohibición de aproximación, conocida como orden de alejamiento, puede acordarse como medida cautelar durante la instrucción de un procedimiento penal o como pena accesoria cuando se dicta uan sentencia en la que se condena por algún delito que lleva aparejada dicha condena también.
La prohibición de aproximación suele acordarse durante la tramitación de procedimientos penales en los que hay víctimas de delitos de violencia de género, de violencia sexual, robos con violencia, trata de personas, lesiones, etc, si bien es necesario que se cumplan una serie de requisitos exigidos por ley para que se conceda tras su solicitud.
AEG Abogada es un despacho sevillano con más de una década de andadura profesional, especializado en el asesoramiento a víctimas de violencia machista en solicitudes de órdenes de protección.


